NUEVAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19)

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17-03-2020

Se establécese una dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo hasta el 31 de marzo de 2020  para las siguientes personas:

a) Mayores de 60 años.

b) Embarazadas en cualquier trimestre.

c) Personas que tengan a su cargo niños, niñas o adolescentes en edad escolar, que no pudieran quedar al cuidado de otra persona, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por la autoridad educativa correspondiente

d) Grupos de riesgo:

i)  Enfermedades respiratorias crónica;

ii) Enfermedades cardíacas;

iii) Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica)

iv) Pacientes oncohematológicos y trasplantados;

v) Obesos mórbidos;

vi) Diabéticos;

vii) Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses

Por otro lado se organizarán las tareas de tal manera de garantizar el funcionamiento del organismo, reduciendo la prestación presencial al mínimo requerido, según el criterio de funcionamiento de cada sector. Cuando se trate de áreas que desarrollen sus tareas en campo, las autoridades correspondientes establecerán la forma de adaptar el criterio establecido a la modalidad de trabajo, teniendo en cuenta los protocolos de atención determinados por el GCABA.

 También se tomaron todas  las medidas pertinentes para extremar los recaudos correspondientes al aseo, higiene y desinfección de los lugares de trabajo